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EL SENADO TRATARA EL PROYECTO DE LEY DE HONORARIOS
Las senadoras Nanci Parrilli y Ada Iturrez de Cappellini presentaron la iniciativa de nuestra entidad que busca mejorar los ingresos de los abogados en el desarrollo de su ejercicio profesional.
Les recordamos a los matriculados que un Proyecto de Ley de la misma temática del presentado en la Cámara Alta fue tratado, además, en la Comisión de Justicia de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación (7688-D- 2010) el 16 de noviembre de 2011.
El texto de esta iniciativa cuenta, ahora, con la incorporación del capítulo de los Auxiliares de la Justicia, a fin de la presentación de un único proyecto de ley y que cuente con el apoyo de los colegios del interior del país, del Consejo Profesional de Ciencias Económicas, del Colegio de Escribanos y demás Colegios Profesionales de la Capital Federal que agrupa el CEPUC (Coordinadora de Entidades Profesionales Universitarias de la Ciudad de Buenos Aires), habiendo dicho organismo resuelto el apoyo a la iniciativa del Colegio Público, mediante una nota dirigida al Presidente de la Comisión de Justicia de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación de fecha 23 de noviembre de 2011.
Situación Actual
Actualmente, en los juicios con un valor económico, los peritos que intervienen tienen un honorario de entre el 4% y 8% del monto total del juicio, ello así conforme a una Acordada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
En cuanto a los abogados y procuradores, la ley Nº 21.839 de 1978 establecía un mínimo del 11% y un máximo del 20% para los abogados de cada parte pero esta ley fue modificada en 1995 por la Nº 24.432, que lo redujo a un máximo del 25% del valor del juicio para todos los profesionales que hayan intervenido en el proceso judicial (abogados, peritos, etc.).
Este proyecto prevé, para los profesionales actuantes que se desempeñen como peritos en todas las especialidades, un honorario mínimo del 5% y un máximo de 10%, y para los abogados y procuradores, un mínimo del 11% y un máximo del 25% del valor total del juicio.
Estos parámetros han sido creados exclusivamente para las cuestiones patrimoniales en donde la estimación del trabajo se basa en aquello que se reclama, en tanto para aquellas cuestiones no patrimoniales, se crea la U.M.A. (Unidad de Medida Arancelaria) que asciende al 1,5% del salario que percibe un juez de primera instancia, lo cual permite mantener constante en términos reales el valor de la U.M.A.
Esta reforma también viene a beneficiar, no sólo al profesional del derecho y/o su auxiliar que actúe en la Capital Federal sino también a aquellos que lo hagan en los distintos fueros federales de todo el país.
Si bien podría entenderse que este proyecto vendría a encarecería la litigiosidad, esto no es así ya que establecer parámetros arancelarios justos precisamente desalentaría el inicio de juicios y promovería que los conflictos se resolvieran a través de los múltiples medios alternativos tales como la mediación, la conciliación así como los tribunales arbitrales y vecinales.
El antecedente favorable de este proyecto es el Protocolo Arancelario del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, que ha sido adoptado por distintas Cámaras, entre ellas, la Civil.
Concluyendo, el Proyecto busca la sanción de una nueva Ley de Honorarios Profesionales que resulte “integral” para los abogados, procuradores y auxiliares de la justicia, y que introduce como un aspecto casi fundamental el carácter “alimentario” y el “orden público” que deben tener los honorarios que reciben los profesionales por su trabajo en los Tribunales, resultando que los montos mínimos en la actualidad están muy “desactualizados”.
Cabe señalar asimismo, que “los honorarios son intangibles por su carácter alimentario” y que se debe terminar con la “discrecionalidad de los magistrados” al momento de las regulaciones correspondientes.
Fuente: CPACF



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